A finales del pasado año, el Consejo de Ministros de nuestro país aprobó una ayuda de 200 euros para alimentación de la que se pueden beneficiar las familias que cumplan con unos ciertos requisitos. En estos momentos muchos están aún a la espera de recibir esa cantidad, por lo que os ayudaremos a comprobar el estado de la solicitud.
Lo primero que debemos tener en consideración es que el plazo de solicitud de esta ayuda de 200 euros para alimentación dio comienzo el pasado 15 de febrero. Además, este plazo hoy día ya ha finalizado, en concreto terminó el pasado 30 de marzo. Se estima que en torno a 4 millones de familias podrían beneficiarse de todo ello. Eso sí, para acceder a esta bonificación para alimentación, las familias solicitantes tienen que cumplir una serie de requisitos.
Requisitos para la ayuda de 200 euros
Lo primero que debemos tener presente es que para poder acceder a esta ayuda que os hemos mencionado se deben cumplir una serie de requisitos. Entre estos nos encontramos con que la misma se dirige a asalariados, autónomos o desempleados que en estos momentos no reciban otras prestaciones. Por otro lado, es importante saber que los ingresos íntegros percibidos el año pasado deben ser inferiores a 27.000 euros al año.
También se debe tener un patrimonio inferior a 75.000 euros, aunque aquí la vivienda habitual queda excluida de este patrimonio al que os hacemos mención. Dicho patrimonio se refiere a la suma de los ingresos pertenecientes a los familiares que convivan en el mismo domicilio. Por último, y como cabe esperar, debemos tener la residencia habitual en España.
Además, si dos personas cumplen los requisitos dentro de una misma unidad familiar, las dos personas pueden solicitar la prestación, y las dos deberían recibirla por igual. Es decir, en una pareja que viva junta tendríamos 400 euros.
Cómo solicitar la prestación
Ya os hemos comentado antes que el periodo de solicitud finalizó hace solo unos días y ahora muchos están a la espera de recibir estos 200 euros para alimentación. Con el fin de facilitar las cosas la
Si no hemos recibido este aviso (ya sea en papel, o de manera telemática) es que aún no nos han denegado la ayuda, por lo que habría posibilidad de recibirla. Si lo hemos recibido, y creemos que Hacienda se equivoca (que, probablemente, así sea), es entonces cuando podemos iniciar un recurso para intentar cambiar la decisión.
Razones por las que no hemos recibido la ayuda
Si aún no hemos recibido la ayuda de 200 euros, esta aparece como «baja», o simplemente has recibido la carta donde te la han denegado, entones poco más podrás hacer. Los motivos por los que te la pueden haber denegado son los siguientes:
- Estás recibiendo una ayuda incompatible.
- No realizaste la solicitud correctamente.
- Presentaste la solicitud fuera de plazo.
- El domicilio está fuera de España.
- No cumples con los requisitos (principalmente, ingresos).
Si estamos seguros de que no cumplimos ninguno de estos motivos, es entonces cuando toca recurrir.
Cómo recurrir
Si has llegado hasta aquí, entonces seguro es que Hacienda te ha dicho que no tienes derecho a la ayuda. Pero siempre hay una última oportunidad: recurrir. Desde la
Una vez presentado el recurso, ya solo nos queda esperar unos días para ver si, finalmente, tenemos razón o nos quedamos sin la ayuda.
Cuánto tiempo tengo para recurrir
Aunque la Agencia Tributaria se lo haya tomado con muchísima calma tanto a la hora de responder a las solicitudes como en el momento de realizar el ingreso en la cuenta de los s, eso no significa que los s no tengamos un tiempo límite para efectuar la correspondiente reclamación si no estamos de acuerdo con la denegación de la ayuda. Desde que recibimos la carta o la notificación telemática denegándonos la prestación de 200 euros, tenemos un plazo máximo de 1 mes para recurrir.
Según podemos leer en la carta / notificación, una vez transcurra un mes desde que hemos sido notificamos, el caso se archivará el procedimiento cerrando cualquier posibilidad de recurrir la decisión. En la carta, donde nos muestra el motivo por el que nos han denegado la ayuda, se muestran los motivos, por lo que, a no ser que hay algún tipo de error en los datos que alegan, de poco sirve recurrir, ya que nos vamos a encontrar, una vez más, con la misma respuesta. Hacienda no tiene un plazo máximo para responder a nuestro recurso, por lo que puede que la respuesta tarde unos cuantos meses en llegar.
¿Habrá esta ayuda de 200 euros en 2024?
Ya os hemos comentado anteriormente que el pasado año no fue el primero en el que el gobierno se decantó por poner a disposición de determinadas personas esta ayuda de 200 euros centrados en alimentación. Es una medida que se ha tomado en base a diversas circunstancias que hicieron especial mella en los más desfavorecidos en nuestro país.
De ahí precisamente que aquellos que cumplen con los requisitos mencionados anteriormente podían acceder a este dinero para gastar en alimentación. Sin embargo merece la pena apuntar que para todos aquellos que se pregunten si lo mismo sucederá en el actual año 2024, la respuesta es que no.
Aunque nos encontramos en el primer semestre del presente año, ya os podemos confirmar que el gobierno ha comunicado que no habrá ayuda de 200 euros para alimentación como los dos pasados años. Por tanto llegado el caso tendremos que centrarnos en otras posibles ayudas gubernamentales a las que podamos acceder.
En el presente año 2024 nos vamos a encontrar con algunas centradas en la vivienda o en los recién nacidos recientes o que estén al llegar.
Los 200 euros tributan en la Renta 2023
Debemos tener en cuenta una cosa que muchos pasan, a menudo, por alto. Y es que esta ayuda deberá verse reflejada en la Renta 2023. De lo contrario, Hacienda podría imponer una multa por información errónea en la declaración. Aunque la Agencia Tributaria ha prometido que se harán cálculos en función de lo que nos toque pagar en función de los ingresos, la media de lo que va a tener que pagar la gente que reciba esta ayuda es de un 30% de la misma, es decir, en torno a 60 euros.
Cuando hagamos la declaración del año que viene, este dinero se nos descontará de la devolución de la Renta 2023, o lo sumarán a la cantidad de dinero que tengamos que pagar, dependiendo de nuestra situación.
Eso sí, no todo el mundo tendrá que reflejarlo en su declaración. Tal como han informado desde la AEAT, solo tendrán que reflejarla aquellos s que pasen el mínimo para hacer la declaración, situado en 22.000 euros para un solo pagador, o 14.000 para varios pagadores (de los cuales se haya cobrado más de 1500 euros). Si no tenemos obligación de hacer la declaración, no pagaremos el IRPF de esta ayuda.