Nos encontramos a pocos días de que comience la campaña Renta 2024 en la que millones de ciudadanos en nuestro país se verán obligados a presentar su declaración. Muchos están empezando a preparar la correspondiente documentación para posteriormente presentarla a la Agencia Tributaria.
Por si no lo sabéis, esta campaña anual dará comienzo el próximo día 2 de abril y luego se irán abriendo nuevos plazos dependiendo de la manera en la que deseemos presentar nuestra declaración. Y es que incluso la propia Hacienda nos puede ayudar, ya sea vía telefónica o de manera presencial. Pero a partir de la mencionada fecha ya podremos consultar nuestro borrador y presentarlo online.
Como no podía ser de otro modo, la mayoría de los ciudadanos buscan la manera de que su declaración salga a devolver y no a pagar. Para ello pueden echar mano de diversos métodos, siempre dentro de la legalidad, por descontado. Uno de los más habituales es la posibilidad de presentar la misma de manera conjunta. Es importante saber que tenemos la posibilidad de presentar la declaración de la Renta 2024 de manera conjunta. Es más, esto es algo que se puede llevar a cabo, no solo junto a nuestra pareja, sino también con los hijos, como veremos.
Para empezar os diremos que hay dos modalidades de declaración de la renta de manera conjunta. Tal y como os comentamos, la primera de ellas la podemos realizar junto a nuestra pareja con una deducción de 3400 euros. Por otro lado, la segunda la podemos hacer con nuestro hijo o hija, y aquí la deducción podrá ser de hasta 2150 euros extras. Evidentemente, para todo ello es imprescindible que estemos casados o tengamos hijos propios.
Beneficios de las declaraciones de la Renta conjuntas
En el primero de los supuestos, es importante saber que en la Renta 2024, se podrán realizar declaraciones conjuntas si las parejas están casadas. Esto se traduce en que el método no es aplicable para las parejas de hecho. Llegados a este punto, quizá os preguntéis cuándo es rentable presentar la declaración de este modo. Pues bien, en la mayoría de los casos es interesante este modelo conjunto si uno de los cónyuges apenas tiene rendimientos de trabajo, o sencillamente este es nulo.
Por el contrario, si ambos cónyuges trabajan y tienen buenos rendimientos, las rentas se van a ir sumando, por lo que, en ese supuesto, lo más probable es que la declaración conjunta, con una deducción de 3400 euros, no resulte rentable.
Por otro lado, y para todos aquellos que se pregunten quiénes pueden hacer la declaración conjunta con un hijo, os lo explicamos. Para poder llevar a cabo este método, las familias deben ser monoparentales y el hijo con el que haremos la Renta, debe ser obligatoriamente, menor de edad o mayor incapacitado. Eso sí, teniendo en cuenta que en estos casos el hijo no obtiene rendimientos por trabajo, hacer la declaración de este modo siempre será rentable para el progenitor. Para terminar os diremos que en el caso de que los padres tengan la custodia compartida, uno de los dos podrá incluir a su hijo en la Renta 2024, pero nunca ambos.
¿Y las parejas de hecho?
Como hemos comentado brevemente más arriba, las parejas de hecho no pueden hacer una declaración conjunta de la renta. Pero hay una excepción, que ocurre cuando se tienen hijos. En ese caso, uno de los dos puede declarar con los hijos mientras que el otro lo tendrá que hacer individualmente. Esta declaración conjunta reduce la base imponible, pero es aconsejable siempre revisar todas las opciones porque esto no significa que convenga hacerla de manera conjunta.
Dado que no podremos presentar dos declaraciones de la renta conjuntas, podemos hablar de una declaración conjunta con limitaciones. En este caso, la base imponible del miembro que aproveche esta opción, verá reducida la base imponible hasta los 2.150 euros. Hay que recalcar que la declaración conjunta puede ser una gran aliada para reducir tu carga fiscal, pero no siempre es la mejor opción. El asesoramiento profesional, para que pueda estudiar los detalles de cada situación, es siempre algo que podremos considerar.