Este error al pagar el alquiler va a hacer que no te devuelvan un solo euro en la declaración de la Renta

La declaración de la Renta es un trámite que puede suponer un alivio para muchos contribuyentes. Pero igual que puede ser un soplo de aire fresco para nuestra cuenta bancaria, si las cosas no se hacen bien, puede convertir en un quebradero de cabeza. Y es que hay tantos detalles importantes, que si nos olvidamos, aunque sea, de uno solo, podemos perder todo lo que nos corresponde.
De la mano de este tipo de detalles que pasamos por alto, o errores que no pensamos que ni existían, uno de los más llamativos ocurre al compartir piso. Ten mucho cuidado, porque si no indicamos correctamente el concepto de la transferencia bancaria del alquiler, Hacienda puede desestimar por completo su validez.
En otras palabras, si compartes piso con tu pareja o compañero de piso, solo uno puede hacer la transferencia al dueño por el pago del alquiler. Y ya seas tú quien se la haga, o le pases tu parte proporcional a tu compañero para que la haga él, SIEMPRE debes indicar en el concepto de la transferencia que se trata de un alquiler.
Si no lo especificamos bien, la Agencia Tributaria puede considerarlo como una transferencia más, sin relación contractual alguna. Lo que, en definitiva, este gasto tan cuantioso que tenemos a lo largo del año no va a servir de absolutamente nada de cara a la Renta del próximo año.
Pon siempre «alquiler» en el concepto de la transferencia
Un error que puede convertirse en una hecatombe es el de no especificar de manera correcta el concepto del pago del alquiler. Puede parecer un detalle sin importancia, y podemos creer que está justificado sin mayor problema, pero la realidad dista bastante de esto. Si quieres justificar este pago con Hacienda en el futuro, deberás especificar claramente en el concepto que se trata de un alquiler. Si transfieres el dinero al dueño del inmueble, o en su caso a la persona que vive contigo y se encarga de ello, y no pones el concepto correcto en la transferencia, la Agencia Tributaria puede rechazarlo como gasto deducible. Así de simple.
@tu_blog_fiscal Estás vendido si no haces esto ante hacienda. #hacienda #renta #declaracion
De hecho, ya existen casos en los que Hacienda ha desestimado este tipo de transferencias al considerar que no hay prueba suficiente para que ese dinero se haya destinado al alquiler. En una resolución de este mismo año, la AEAT alegó:
«Según la documentación aportada, no queda suficientemente acreditado que los pagos realizados a su cónyuge correspondan a la mitad del alquiler mensual que tiene que pagar el solicitante según el contrato de arrendamiento».
Guarda todos los documentos de cara a tu declaración
Además del alquiler, hay muchos gastos personales que pueden tener un impacto fiscal. De hecho, lo idóneo es que puedas conservar todos tus justificantes, ya sea en formato físico o digital. Por ejemplo, puedes crear una carpeta en tu PC donde guardes todos los documentos de este tipo que justifiquen un gasto deducible. Aquí podrás incluir facturas, seguros, gastos médicos, etc.
Este hábito te facilitará enormemente las cosas a la hora de presentar la declaración y te protegerá ante cualquier requerimiento por parte de la AEAT.